PARA LOGRAR LA PAZ HAY QUE RECONOCER LA GUERRA: los sofismas de la paz y el conflicto
Colombia afronta un conflicto armado interno que tiene profundas raíces sociales, económicas y políticas. En los últimos 20 años, el conflicto armado colombiano ha presentado altos niveles de degradación que afectan cada vez más a la población civil . Más de 70 mil personas asesinadas, desaparecidas o muertas en combate a causa de la violencia sociopolítica, más de tres millones de casos de desplazamiento forzado y miles de secuestros, además de otro tipo de graves crímenes y violaciones a los derechos humanos, hacen de la búsqueda inmediata de la paz y la reconciliación nacional un imperativo ético para toda la sociedad colombiana.
Esa ausencia de voluntad torna a la política de paz del actual Gobierno en una política fingida y mentirosa. Y ¿cómo podría ser de otra forma, si se funda en profundas falacias?. Una de ellas es la negación del conflicto armado, tesis de la cual deriva otra serie de falsos supuestos, tales como la ausencia de responsabilidad del Estado en la agudización del conflicto, y la necesaria alineación de los ciudadanos con el Estado para enfrentar al terrorismo. La fragilidad y los efectos perversos de esas tesis son el objeto de la presente reflexión.
En el primer apartado esbozo brevemente el discurso del Gobierno frente al conflicto, y puntualizo las razones por las cuales dicha posición es incoherente y contradictoria. En el segundo exploro las implicaciones políticas y jurídicas de sostener el discurso de la amenaza terrorista en reemplazo de la noción del conflicto armado. Finalmente, el tercer apartado corresponde a las conclusiones y propuestas. El eje que articula estos puntos es el convencimiento de que un requisito sine qua non para la construcción de una propuesta seria de paz, es la corrección política del diagnóstico y su congruencia con la realidad. Como mostraré a continuación, este aspecto capital no ha sido observado por el Gobierno de Álvaro Uribe.
I. Un pésimo truco: desaparecer el conflicto en lugar de resolverlo
El actual Gobierno ha pregonado la tesis según la cual, en Colombia, en lugar de un conflicto armado existe una amenaza terrorista contra la democracia y la ciudadanía en general. Ya desde su posesión el presidente Uribe advertía que “cuando un Estado democrático es eficaz en sus garantías, así los logros sean progresivos, la violencia en su contra es terrorismo”. Pocos días después declaró el estado de conmoción interior, dentro del cual se adoptaron medidas que concedían a la Fuerza Pública facultades extraordinarias a fin de combatir a los terroristas que se ‘mimetizan entre la población civil’.
De esa primera tesis errada –negar el conflicto-, derivaron otro tanto más. Entre ellas se destaca la idea de que, frente a una amenaza terrorista, la ciudadanía debe alinearse para defender a la democracia al lado del Estado y las instituciones de seguridad. La política del Gobierno, plasmada en el Plan Nacional de Desarrollo “Hacia un Estado Comunitario”, se orienta en esa pretensión de fusionar el estado y la sociedad:
“El Gobierno promoverá la cooperación voluntaria y patriótica de los ciudadanos, en cumplimiento de sus deberes constitucionales y en aplicación del principio de solidaridad que exige el moderno Estado social de Derecho, con el fin de que cada ciudadano contribuya a la prevención del terrorismo y la delincuencia, proporcionando información relacionada con las organizaciones armadas ilegales. El Gobierno organizará, igualmente, comités asesores de los Consejos Regionales de Seguridad, para asegurar el apoyo de la sociedad civil a la consecución de la seguridad. […] Si 44 millones de colombianos acompañan al Estado y se sienten apoyados por él, fracasará el terrorismo” (subrayado fuera del texto).
Pero ¿qué pasa con aquél que se muestre renuente a esa fusión?. Bajo la lógica gubernamental de la amenaza terrorista, la cooperación con los fines del Estado en materia de seguridad no es una opción. Se impone como un deber y, en esa medida, la disidencia y la oposición política son vistas como favorecedoras del terrorismo y no como parte del derecho ciudadano a la participación en el ejercicio y control del poder político.
Es un discurso contradictorio: Paradójicamente, al lado de las sucesivas declaraciones que desconocen el conflicto armado interno, el Gobierno insiste en el fortalecimiento de las Fuerzas Militares y del sector de seguridad en general, a nivel de recursos, personal y capacitación. Desde que Álvaro Uribe asumió la Presidencia, los gastos en seguridad y defensa se han incrementado en más de un 50% , llegando a los 10,2 billones de pesos en el 2006 según lo estima en Ministerio de Hacienda:
“Para este año 2006, los soldados, los policías y el personal civil de ambos cuerpos, así como los hombres del DAS, costarán a los colombianos 5,6 billones de pesos. […] Estos recursos representan el 57 por ciento del total de los gastos de personal del presupuesto de la Nación, rubro al que en total se le asignaron 9,9 billones de pesos. […] Pero los gastos del sector son aún mayores. Si se contabilizan los gastos generales, de inversión y los mismos de personal, este año los recursos para la seguridad en general, según los datos del Ministerio de Hacienda, llegan a los 10,2 billones de pesos”.
La mayor parte del presupuesto para seguridad y defensa está destinado a las Fuerzas Militares, cuestión que se refleja en un considerable incremento de su personal: mientras que en la nómina del 2002 existían 158 mil miembros, para el 2006 se estima que superen los 260 mil. En contraste, el personal de la policía sólo ha sido incrementado en 30 mil hombres, frente a los más de 100 mil que se han incorporado al Ejército, la Fuerza Aérea y la Armada. La mayor destinación presupuestal también ha significado, según datos presentados por el Ministerio de Defensa, una considerable adquisición de equipos , y la creación de nuevas unidades militares entre el 2002 y finales de 2005: Una División, 4 Brigadas, 8 Brigadas Móviles, 6 Batallones de Alta Montaña, 13 Fuerzas Especiales Antiterroristas Urbanas, 598 pelotones Soldado de mi Pueblo, y 7 compañías Meteoro.
Fruto de ese fortalecimiento, el actual Gobierno ha emprendido numerosos operativos dirigidos a recuperar el control territorial de algunas zonas, especialmente en el marco del llamado Plan Patriota, “el mayor esfuerzo contrainsurgente” de la historia colombiana . En esos términos, si la idílica idea de que en Colombia no existe conflicto armado fuera cierta, ¿por qué habría interés alguno en mantener operaciones de guerra que implican monumentales costos económicos y sociales?.
Como bien lo plantea el profesor Rodrigo Uprimny, “para enfrentar amenazas terroristas, se debe privilegiar el componente policial y no la acción militar, pues se trata de desarticular bandas que no logran control territorial y por ello operan en el secreto. En cambio, el Ejército, la Armada o la Fuerza Aérea despliegan su fuerza de combate para preservar la integridad territorial en operaciones típicas de la guerra. En esas condiciones, […] ¿No es un poco esquizofrénico que el Gobierno se preocupe tanto por el éxito de las operaciones de guerra en un país que supuestamente no enfrenta guerra alguna?”.
Pero además de esa crasa contradicción, a nivel internacional también resulta incoherente decir que no hay conflicto, pero sí salir a buscar fondos de la cooperación para un proceso de paz y para una serie de medidas a implementarse en un eventual “post conflicto”. Igual de insólito es promocionar la aprobación de un marco jurídico destinado a regular la situación de los desmovilizados que se sumen a dicho proceso, a fin de propiciar la salida negociada de una guerra que no existe.
Esa contradicción se reflejó durante los debates para la aprobación en el Congreso de la mal llamada ley de “justicia y paz”, cuando el Gobierno propuso que se eliminara del texto de la ley cualquier alusión al conflicto armado. La consecuencia jurídica de esa exclusión era tan obvia como perversa: al no especificar que sólo serían de competencia de esa ley aquellos delitos perpetrados en el marco del conflicto armado, su aplicación habría quedado abierta a los delitos cometidos por cualquier grupo ilegal, incluso una pandilla de barrio. A fin de sanear el riesgo que tenía esa exclusión, se propuso definir las características de los grupos que podrían beneficiarse del nuevo instrumento, mediante una remisión a la ley 782 de 2002. Lo curioso es que dicha ley reproduce en su integridad la definición del Protocolo II adicional a los Convenios de Ginebra , sobre la aplicación del derecho internacional humanitario (DIH) al conflicto armado interno.
Por último, no sobra resaltar la contradicción del Gobierno al promover y obtener del Congreso una modificación al Código Penal, con la pretensión de calificar al paramilitarismo como delito político, al tiempo que defiende la idea según la cual en una democracia no hay lugar para ese tipo de delito. Conforme a esa tesis, la ‘democracia colombiana’ proporciona las vías para ejercer la oposición política sin el uso de la violencia, de tal forma que sólo será terrorismo el levantamiento en armas contra el Estado. Coincidencialmente, la propuesta del Gobierno para eliminar el delito político del ordenamiento colombiano, fue pospuesta mientras los paramilitares reciben los beneficios de ser llamados sediciosos –y por consiguiente delincuentes políticos -.
Es un discurso incorrecto: La tesis del Gobierno resulta, por todos los costados, completamente refutable. No sólo por las profundas contradicciones del discurso y sus múltiples inconsistencias sino, además, porque pretende desconocer las definiciones autorizadas que caracterizan las guerras. En efecto, el derecho internacional humanitario proporciona una definición de conflicto armado interno de cuya interpretación se deduce, sin lugar a dudas, su correspondencia con la situación colombiana. Veamos:
El artículo 3º común a los convenios de Ginebra de 1949 menciona y regula los conflictos armados que no tengan índole internacional, aunque no los define. Por su parte, el artículo 1.1 del Protocolo II precisa la vaguedad del artículo 3º común y aporta los criterios de acción militar que bastan para definir los conflictos armados no internacionales. Dicho artículo dispone que el Protocolo II se aplica a todos los conflictos armados que se desarrollen en el territorio de un Estado entre sus fuerzas armadas y fuerzas armadas disidentes, o grupos armados organizados, que ejerzan sobre una parte de su territorio un control tal que les permita realizar operaciones militares sostenidas y concertadas. Esa caracterización se distingue de las alteraciones y tensiones internas, tales como disturbios, actos aislados y esporádicos de violencia y otros actos de carácter similar, en razón de su diferente intensidad y permanencia en el tiempo.
En síntesis, para hablar de un conflicto armado no internacional a la luz del DIH, deben presentarse los siguientes elementos: a. que exista un enfrentamiento entre el Estado y actores armados disidentes; b. que éstos últimos tengan un mando responsable y control territorial que les permita realizar acciones militares sostenidas; y c. que se trate un conflicto de cierta intensidad. No se requiere un análisis muy profundo para concluir la presencia de esos elementos en el conflicto colombiano.
En ese sentido lo corroboró el señor Yves Giovannoni, Jefe de Operaciones para América Latina y el Caribe del Comité Internacional de la Cruz Roja, cuando frente a una solicitud de recalificación de la situación colombiana respondió: “A la luz del DIH, la situación existente en Colombia presenta todos los elementos constituyentes de un conflicto armado no internacional. […] La eventual existencia de actos de terrorismo –prohibidos por el DIH- no modifica la calificación jurídica del conflicto”.
Más allá de una discusión semántica, las diferencias de diagnóstico sobre la situación colombiana tienen serias repercusiones políticas y jurídicas. Insistir en negar el conflicto busca, por un lado, quitar todo reconocimiento político a las guerrillas. Pero además, al suplantarlo por una “amenaza terrorista” se pretende restringir la aplicación del DIH y de sus principios básicos, así como justificar la adopción de medidas que limitan seriamente el ejercicio de los derechos fundamentales. Ha sido precisamente al amparo de ese diagnóstico falseado que el actual Gobierno ha propuesto medidas normativas que establecen restricciones a los derechos de de los ciudadanos y conceden atribuciones excepcionales a la Fuerza Pública, así como ha puesto en práctica programas que desconocen el principio de distinción entre civiles y combatientes.
Los riesgos de que el Estado incurra en abusos y en un uso perverso de la calificación de terrorista han sido advertidos por diversos tratadistas e, incluso, por organismos internacionales autorizados en la materia. Por ejemplo, la Comisión Internacional de Juristas ha planteado en ese sentido:
“Si bien ciertos países se ven confrontados a reales amenazas terroristas, frecuentemente las medidas adoptadas vulneran los derechos humanos y socavan principios del derecho internacional. En otros casos, aun cuando no exista una verdadera amenaza, la lucha antiterrorista es invocada para adoptar medidas con el propósito de restringir las libertades públicas y reprimir a la oposición política y social” (subrayado fuera del texto original).
Afortunadamente, la mera decisión del actual Gobierno de calificar a los distintos grupos alzados en armas como terroristas, no cambia la realidad objetiva de la existencia de un conflicto armado en el país, y la consecuente aplicación del catálogo de normas que le impone el DIH a todos los actores en conflicto. No obstante, las confusiones que se prestan pueden sustentar la puesta en práctica de medidas que limitan de manera preocupante los derechos de la población. Y más que meras suposiciones, la política de seguridad del actual Gobierno ha puesto en evidencia la inmediatez de esos riesgos.
Medidas “antiterroristas” que restringen derechos y libertades: Por un lado, hemos presenciado la utilización del vocablo terrorista para justificar medidas como el estado de conmoción interior decretado a inicios del período presidencial y vigente hasta abril de 2003 , y la reforma constitucional conocida como “estatuto antiterrorista”. En ambos casos, la columna vertebral de las propuestas normativas era la atribución de facultades judiciales a las Fuerzas Militares en relación con los civiles y la limitación de derechos como la libertad de circulación, la intimidad y el debido proceso, entre otros. Concretamente, las medidas les permitían a los militares interceptar y registrar correspondencia y demás formas de comunicación privada, detener personas y realizar allanamientos y registros domiciliarios sin orden judicial, así como practicar pruebas y realizar interrogatorios de personas “sospechosas”.
Pese a la declaratoria de inconstitucionalidad de las disposiciones que permitían la intromisión de los militares en labores judiciales, el Gobierno continúa fomentando la utilización de la noción de terrorismo para auspiciar prácticas contrarias a los derechos humanos, especialmente en materia de restricciones a la libertad y al debido proceso. Es así como la política de “seguridad democrática” ha ocasionado la vulneración masiva y permanente de tales derechos mediante una práctica sistemática de detenciones arbitrarias, montajes judiciales y otras violaciones al debido proceso. El reciente informe del Observatorio de Derechos Humanos (Coordinación Colombia-Europa-Estados Unidos) da cuenta de un incremento colosal en la práctica de detenciones arbitrarias desde la posesión del actual Gobierno:
“El aumento desmedido de las detenciones arbitrarias coincide con el inicio del Gobierno del presidente Álvaro Uribe Vélez […]. Durante el período comprendido entre el 7 de agosto de 2002 y el 6 de agosto de 2004, por lo menos 6.332 personas fueron detenidas arbitrariamente en Colombia, mientras que durante los seis años precedentes (período comprendido entre julio de 1996 y junio de 2002) lo fueron alrededor de 2.869 personas. Esas cifras permiten afirmar, fundamentadamente, que existe una relación directa entre la implementación de la política de ‘seguridad democrática’ y el aumento de la violaciones al derecho a la libertad personal mediante detenciones arbitrarias”
Muchas de esas detenciones tienen como sustento montajes judiciales o se soportan exclusivamente en informes de inteligencia de los organismos de seguridad del Estado. En ambos casos han sido utilizadas las declaraciones de “informantes” como el único criterio para la detención y judicialización de personas de la población civil, especialmente líderes políticos y sociales.
Medidas “antiterroristas” que involucran a la población civil en el conflicto: Otro paquete de medidas implementadas en el marco de la llamada “seguridad democrática” tiene que ver con aquellas que desconocen el principio de distinción del derecho internacional humanitario. Este principio es el elemento medular que sustenta la inmunidad de la población civil en los conflictos armados, en virtud del cual quienes no participan directamente en las hostilidades no pueden ser blanco de ataque o agresiones, y deben gozar especial protección frente a los mismos.
Al amparo de una imaginaria amenaza terrorista, el Gobierno ha justificado la vinculación de civiles al conflicto mediante figuras como la red de informantes (cooperantes) y el programa de soldados campesinos, al lado de los intentos legislativos por ampliar a las mujeres la obligación de prestar el servicio militar. Estos programas se corresponden con una constante y creciente campaña gubernamental dirigida a polarizar la sociedad entre amigos y enemigos de la Patria, alimentando una peligrosa lógica de unanimismo mediante la cual tanto los críticos de acciones puntuales del Gobierno como la oposición política son calificados como favorecedores del terrorismo. En virtud de esa óptica, las medidas presentadas por el Gobierno como antiterroristas, han sido más bien medidas antioposición, pues su puesta en práctica ha sido utilizada como estrategia de persecución política.
La realidad colombiana presenta un panorama crítico en materia de las salvaguardias para el desarrollo y la defensa de un proyecto político alternativo. Nuestra historia está plagada de tristes experiencias en las que el crimen y la persecución han sido utilizados desde el mismo Estado como herramienta de la lucha política. Un caso alarmante y representativo es el genocidio de la Unión Patriótica (UP), movimiento político de oposición que sufrió el aniquilamiento físico de más tres mil de sus integrantes y con ello, la dilución de su fuerza política además de otras violaciones y amenazas. Las organizaciones y personas que confluyeron en la UP fueron perseguidas, señaladas y pagaron una alta cuota de sacrificio luego de constituirse como una alternativa real de poder, que pretendió ampliar y fortalecer el espacio de la oposición política en Colombia . Pese a las supuestas bondades de la democracia colombiana, el caso de la UP continúa en la absoluta impunidad y sus miembros siguen siendo víctimas del asesinato y los hostigamientos.
Pero si bien la persecución a los movimientos y partidos políticos de oposición no es una estrategia surgida en el actual Gobierno, lo cierto es que tal situación se ha exacerbado y adquiere nuevas dimensiones en el marco de la llamada “seguridad democrática” de Álvaro Uribe Vélez. En parte, por la utilización de tesis mentirosas que niegan el conflicto y asimilan a los opositores políticos con los terroristas.
III. Consideraciones finales y propuestas
Uno de los argumentos centrales que plantea el Gobierno para pretender eliminar el conflicto armado del lenguaje nacional es que ‘el país cuenta con una democracia, y por lo tanto la opción de las armas no es legítima’. Sin entrar en discusiones sobre la precisión de esa afirmación, basta aclarar que la definición de un conflicto armado interno a la luz del DIH no incluye calificativos de ningún tipo hacia el sistema político del país que lo sufre, así como no modifica la calificación jurídica ni proporciona legitimidad a quienes lo combaten. Nadie pide a un conflicto armado que quienes en él participan estén alimentados por los más puros ideales y que sus intereses sean netamente políticos. La degradación del conflicto y su vinculación con el narcotráfico no lo hacen menos real. Aún si los grupos armados hubiesen perdido por completo sus motivaciones políticas –afirmación común pero discutible- el conflicto armado no dejaría de serlo.
La pregunta que surge entonces, es la siguiente: ¿existen posibilidades de negociar la paz sin el reconocimiento del conflicto?. Y más específicamente ¿están las guerrillas dispuestas a una salida negociada sin el más mínimo reconocimiento de sus pretensiones de reforma social?. La negativa del Gobierno es así, un mal augurio para la paz.
Queda en manos de las organizaciones sociales, de derechos humanos, e iniciativas de paz, y de la comunidad internacional, continuar enarbolando la bandera de la salida negociada. Esto implica al mismo tiempo tomar acciones concretas para evitar la profundización del conflicto y la consolidación de la impunidad. Por las anteriores razones, muy respetuosamente formulamos a la Unión Europea, y a la cooperación internacional en general, las siguientes propuestas:
Orientar sus esfuerzos de cooperación hacia las iniciativas que se dirijan genuinamente a la superación del conflicto armado interno o que propugnen por su humanización. Específicamente, invitamos a apoyar la exigencia de acuerdos humanitarios para la liberación de personas detenidas y secuestradas, así como otras iniciativas para la salida negociada al conflicto.
Instar al Gobierno colombiano para que en sus políticas y discursos haga un uso estricto y riguroso de los conceptos del derecho internacional humanitario, y para que cese el uso indiscriminado y peligroso del vocablo terrorismo. En el mismo sentido, la Unión Europea podría condicionar su ayuda económica a la supresión de programas que desconocen el principio de distinción (como red de informantes y soldados campesinos), así como de las medidas que utilizan la noción de guerra contra el terrorismo para perseguir y estigmatizar a la población civil.·
Realizar una misión de observación y verificación (o apoyar las existentes) de las próximas elecciones, a fin de garantizar la participación de la oposición política y el ejercicio de los derechos políticos de la ciudadanía en general. Especialmente, debe verificarse que la “lucha antiterrorista” y las medidas enunciadas en este documento, no sean utilizadas como excusas para neutralizar a los opositores, o excluirlos de la contienda electoral.·
Condicionar su apoyo al actual proceso de negociación con los grupos paramilitares, al requisito de un desmonte efectivo de la estructura criminal y sus redes de acción, así como al pleno respeto de los derechos humanos y las expectativas de las víctimas.·
Continuar respaldando las iniciativas que aboguen por el esclarecimiento de los graves crímenes cometidos en el marco del conflicto armado en Colombia, y cooperar estrechamente con las organizaciones que trabajan a favor de las víctimas de violaciones a los derechos humanos, con el ánimo de fortalecer su capacidad de denuncia, documentación, y representación en procesos de esclarecimiento judicial.·
Especialmente, debe avanzarse en el esclarecimiento de la responsabilidad estatal por los crímenes perpetrados con ocasión del conflicto, y por haber permitido y fomentado prácticas de guerra sucia. El impulso de esta tarea adquiere particular importancia, si se tiene en cuenta que en el actual proceso entre el Gobierno y los grupos paramilitares se ha evadido la cuestión de la responsabilidad estatal en la creación y consolidación de dichos grupos, así como la aquiescencia y colaboración con su accionar.
Además, porque la ley de “justicia y paz” no permite precisar la responsabilidad del Estado cuando la comisión de los crímenes haya contado con la colaboración estatal o cuando se hayan omitido las medidas necesarias para prevenir, investigar y sancionar las violaciones .
Para finalizar es pertinente recalcar que la Corporación Reiniciar -al lado de otras organizaciones de derechos humanos, iniciativas de paz, y organizaciones sociales- comparte el criterio según el cual la negociación de paz es la vía más segura y definitiva para superar el conflicto armado en Colombia. Para que un proceso de ese tipo tenga éxito, debe enmarcarse en el respeto pleno a los derechos humanos y al DIH, y en especial, debe tener como referente la satisfacción de los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia y la reparación. Pero ante todo, debe partir de un compromiso serio para superar el conflicto y las causas que le dieron origen.
Corporación Reiniciar, mayo de 2006.
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